Los requerimientos de la nueva Ley de Registro Horario lo van a tener todo  «controlado». Os contamos las intenciones de la nueva Ley de registro horario.

¿Qué requisitos exige la nueva Ley de Registro Horario?

La nueva regulación establece que, las organizaciones deberán garantizan el registro horario de la jornada laboral de sus trabajadores, que además, deberá incluir el horario de inicio y fin de la jornada de cada empleado. No se va a establecer un sistema rígido de registro, se adaptará al convenio pactado por las empresas, un acuerdo colectivo.

Los sistemas de registro deberán conservar los datos  consignados en los registros durante cuatros años, a disposición de los trabajadores, de su representación legal y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

La norma ha estipulado como infracción grave el incumplimiento en materia de registro de jornada, con multas que abarcan entre los 626 y los 6.250 euros, dependiendo de la calificación de su gravedad. Dicha obligación será exigible a partir del 12 de mayo, con la entrada en vigor de la normativa.

Registro horario: todo bajo control

El objetivo de la normativa es controlar la jornada horaria, desde el margen legal, de los empleados. Su principal intención es vigilar y evitar las horas extras fraudulentas y el absentismo.

Este seguimiento en la jornada laboral, está suscitando bastante polémica. ¿Qué implica tenerlo todo bajo control? Bien, esta es una de las cuestiones más planteadas por los españoles, la preocupación por el exceso de control y las limitaciones que esto puede generar.

Si echamos la vista atrás, en 1919 con el tratado de Versalles, se estableció en el punto cuarto de su artículo 427 , la adopción de 8 horas al día o 48 horas a la semana. Desde su legislación no se ha controlado de forma sistemática y vinculada a la ley, la jornada laboral de 8 horas. Esta Ley es una evolución en cuanto al cuidado del cumplimento de la jornada, un proceso que debería verse como una oportunidad para afrontar, de la mejor forma posible, la gestión del tiempo de trabajo. El control, bajo una regulación y bautizado por la ética empresarial, es una ventaja para el futuro de las empresas y los trabajadores.

¿Exceso de control o protección?

Esto dependerá principalmente de la legislación, y posteriormente de lo acordado en los convenios colectivos, pasando por el tipo de sistema de registro que se implemente. Los usuarios tienen el mente un sistema rígido y estricto, que perjudique la flexibilidad horaria, pero, y si implantásemos un control de acceso cómodo y que se adapte a los requisitos de los trabajadores y a su vez a la legislación.

En eso consiste el sistema de Sesame, en facilitar tanto a la empresa como a los trabajadores la coordinación de registro horario. Un sistema que se adapta a las necesidades de los asalariados, cuidando la flexibilidad horaria, la gestión del tiempo libre, visualizando la productividad en tareas y siempre de la mano de la legislación.

Con Sesame, la nueva Ley de Registro Horario, se convierte en una oportunidad para el desarrollo productivo de las empresas, es afrontar las nueva legislación de la forma mas eficaz para las organizaciones y sus los asalariados.