Aunque la economía muestra signos de mejora, lo cierto es que entre los jóvenes españoles de 15 a 24 años, la tasa de contratos temporales es superior a la de otros países europeos.
Las cifras del contrato temporal en España
El último estudio realizado por el Instituto de Estudios Económicos, revela que el 73,3% de los jóvenes empleados españoles, lo hace con un contrato temporal. Esta cifra es alarmante, ya que la media europea se sitúa en un 43,9%.
Aunque en España, es el lugar donde más se ha reducido la tasa de paro juvenil, el reto ahora está en reducir la tasa de temporalidad de los jóvenes.
Por detrás de España, se encuentran países como Eslovenia, Polonia o Portugal, con un 71,6%, 68,2% y 65,9% respectivamente, de contratos temporales para jóvenes.
Por el contratio, Letonia, Lituania y Rumanía, son los que menor tasa de empleo estacional presentan.
¿Cómo afecta la temporalidad laboral a las empresas?
Lejos de lo que se pueda imaginar, los contratos temporales afectan de manera negativa a las compañías, ya que nunca consiguen una plantilla estable y consolidada.
Contar con un equipo cohesionado, asegura la complicidad y los buenos resultados, así como un ambiente laboral positivo.
TIPOS DE CONTRATOS TEMPORALES
- Contrato por obra o servicio. El contrato es para la realización de una actividad dentro de la empresa que es limitada en el tiempo, pero de duración incierta. Nunca podrá superar los tres años.
- Contrato temporal por acumulación de tareas o exceso de pedidos. Cuando es necesario atender circunstancias concretas del mercado.
- Contrato en prácticas. Para que los empleados adquieran experiencia después de cursar títulos universitarios o grados de Formación Profesional. En este post os hablábamos del sueldo de los contratos en prácticas.
- Contrato temporal para sustituir trabajadores con derecho a reserva del puesto de trabajo. Puestos para cubrir empleados que están de excedencia, maternidad, bajas por incapacidad temporal…
- Contrato temporal de primer empleo joven. Para jóvenes menores de 30 años, inscritos en la Oficina de Empleo y que tengan experiencia menor a tres meses o no tengan.
- Contrato para formación y aprendizaje.